☝️Cómo cumplir con la LEY ANTILAVADO DE INMUEBLES en la venta de una casa en MX| FT. FAUSTO BAÑUELOS
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En esta entrevista Fausto Bañuelos nos comenta la manera de cumplir con la Ley Antilavado en la compra de Inmuebles (venta de casa, terreno, departamento) en México.
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¿Qué es el “lavado de dinero”? En México se le denomina OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. Esto fue porque el Congresista quiso que la amplitud del tipo penal fuera más allá del “dinero” y por esto usó el sustantivo “recursos”. Ahora, la respuesta sencilla es que se trata de un delito en el cual se pretende ocultar el origen ilícito de los recursos, para hacerlo pasar por lícito y poder usarlo con libertad dentro del sistema financiero y económico. La respuesta compleja es que, debido a la tipificación usada en el 400 Bis, este delito puede realizarse de múltiples maneras, imagínate que hay, cuando menos, 80 “injustos” o acciones que podrían ser consideradas como ORPI.
La actividad inmobiliaria ¿es una actividad considerada como vulnerable al “lavado de dinero”? Si, completamente. La fracción V del artículo 17 establece lo siguiente fracción. Esta fracción contempla 3 actividades principales: desarrollo, compraventa e intermediación. He visto que muchos PI’s piensan que no están obligados o que no es muy importante y es peligrosísimo tener está idea.
El profesional inmobiliario, al “intermediar” en una compraventa, ¿está obligado a algo? ¿Debe presentar aviso? O ¿basta con el aviso del Notario? Sí. Para saber si se realiza una obligación vulnerable, no basta con realizar la actividad, hay que atender al umbral de identifican. En el caso de esta actividad es “siempre”. Por lo que el PI que ha hecho intermediación para compraventa de bienes inmuebles, desde la primera operación de compraventa, está obligado no solo al AVISO, sino al cumplimiento de TODAS las obligaciones del Régimen PLDFT al que está sujeto.
¿Cuántas obligaciones tiene el Profesional Inmobiliario en materia antilavado? Las obligaciones principales de Régimen PLDFT las encontramos en el artículo 18. Este artículo tiene 6 fracciones por lo que normalmente se tiene la idea -muy equivocada- de que son 6 obligaciones o un poquito más. La verdad es que son más de 60 obligaciones puntuales… Algunas son de una sola vez, como darse de alta, otras son contingentes, pero existen muchas obligaciones que deben observarse en cada operación. Las básicas son: • Identificación del cliente o usuario. • Conocimiento del cliente o usuario. • Integración del EUI • Envío de avisos • Resguardo de la información • Encargado de Cumplimiento • Manual de Cumplimiento • Respetar límites del pago en efectivo