Derecho al subsidio de funeral en tiempos del COVID-19. Invitado Especial Dr. Ricardo Guerrero
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"Los derechos consagrados en temas de seguridad social en nuestra Constitución Política, no están condicionados a la causa de la muerte del asegurado activo, de tal manera que no importa la causa de la muerte, puede ser por cualquier patología, accidente de trabajo, accidente común o por cualquier causa, inclusive estando bajo cualquier modalidad de trabajo, por tal razón explicaremos el derecho que tiene el asegurado o pensionado de vejez o su conyugue en caso de muerte a que se les brinde un funeral digno o reembolso de los gastos por el funeral. La Constitución Política de la República de Nicaragua, en su Arto. 82 inciso No. 7 expresa: “Los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que les aseguren en especial: 7. Seguridad social para protección integral y medios de subsistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos profesionales, enfermedad y maternidad; y a sus familiares en casos de muerte, en la forma y condiciones que determine la ley” Dr. Ricardo Guerrero
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El décimo tercer mes ya pronto deberá ser pagado en Nicaragua, está regulado en los Artículos del 93 al 99 del Código del Trabajo y todo trabajador tienen derecho a él. Me parece interesante determinar 10 aspectos más importantes, que pueden ser de utilidad a los sujetos de la relación laboral.
Published 11/21/20
Published 11/21/20
¿Qué pasa si firmo mi renuncia voluntaria, aunque me estén despidiendo?¿Me afecta? ¿Qué opinas?
Published 10/23/20