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En Colombia los divorcios podrán ser de mutuo acuerdo o contenciosos ante un juez de familia. Por un lado cuando el divorcio sea de mutuo acuerdo las partes deberán conciliar los siguientes puntos: La repartición de lo bienes y activos La repartición de los pasivos. Existiendo hijos menores acordar la custodia, visita y cuota de alimentos. En caso de divorcio ante juez, se debe argumentar una de las causales que trae el Código Civil en su artículo 154, son causales de divorcio: 1....
Published 02/25/20